| |||||||
|
El
conocimiento tradicional es la amalgama de la experiencia ganada a través
de los siglos y el ambiente local. Se transmite “vivo” de generación en
generación, de modo oral. Este
conocimiento tiene valor no solamente para los que dependen de él en sus vidas
diarias, sino también para la industria y la agricultura modernas. El
conocimiento tradicional puede hacer una contribución significativa al
desarrollo inteligente del hombre. Los pueblos indígenas habitan en las áreas donde se
encuentran la mayor riqueza genética del planeta, mucha de la cual ha sido
cultivada y transformada por su habilidad y técnicas: POr ello disponen de una
información valiosa para la sociedad global y un modelo útil para las políticas
de sostén y aprovechamiento de la biodiversidad. El
Convenio de la Diversidad Biológica ha destacado la dependencia de esos
recursos y conocimientos de la comunidad internacional. Hay –en su texto- un
amplio reconocimiento a la contribución que el conocimiento tradicional puede
hacer a la conservación y al uso sostenible de la diversidad biológica. Por
ello, el artículo 8(j) del Convenio impone a las legislaciones nacionales, el
respecto, preservación y retribución de esos aportes que las comunidades indígenas
y locales que incorporan las formas de vida tradicionales y promueve su
aplicación más amplia La
Conferencia de las Partes ha establecido un grupo específico
para tratar la puesta en práctica del artículo 8(j) y de las provisiones
relacionadas de la convención. Este grupo está abierto a
todos los Estados y los representantes indígenas y locales de las comunidades
para que desempeñen un papel activo. Las
comunidades indígenas y locales dan importancia considerable a la convención,
la que en su opinión constituye un instrumento decisivo para avanzar en el
reconocimiento, la preservación y la promoción de su conocimiento tradicional.
Como
resultado del trabajo de la convención, los gobiernos han comenzado ya a
facilitar la participación de comunidades indígenas y locales en las políticas
para la conservación y el uso sostenible de recursos, del acceso a los recursos
genéticos y de la distribución de los beneficios, así como la gerencia de áreas
protegidas. Muchos
gobiernos están en el proceso de poner el artículo en ejecución 8(j) de
la convención en sus planes, estrategias y programas nacionales de acción
sobre la biodiversidad. Algunos han adoptado leyes específicos, políticas y
reglamentos administrativos para proteger el conocimiento tradicional,
acentuando que debe ser obtenido el consentimiento informado anterior de los
involucrados. Un
respecto cada vez mayor por el conocimiento tradicional ha conducido a la
ciencia moderna a adaptar sus procedimientos para evaluar el impacto de los
proyectos de desarrollo sobre la diversidad biológica; vigilar los
ecosistemas, los recursos genéticos y promover la conservación in situ.
Los
gobiernos también están intentando implicar a las comunidades indígenas y
locales más activamente en la
conservación y el uso sostenible de bosques, biodiversidad agrícola, aguas
interiores, ecosistemas costeros y marinos y eco-turismo, aplicando La
Secretaría del Convenio es responsable de mantener las reuniones celebradas
bajo la convención, incluyendo las reuniones de la Conferencia de las Partes,
el Cuerpo Subsidiario del Consejo Científico, Técnico y Tecnológico (SBSTTA),
y el Grupo de Funcionamiento en la Puesta en práctica del artículo 8(j) y las
provisiones relacionadas. Es
también responsable de la preparación de documentos y de los proyectos de
decisión para estas reuniones basadas en la información proporcionada por las
Partes en la forma de informes nacionales, estudios de caso, informes de
expertos, etcétera. La secretaría también coopera con otras agencias de la O.N.U, tales como FAO, UNESCO, OMC, PNUD, UNCTAD. Esta colaboración asegura que tengan la mayor difusión. Por lo que se invita a las comunidades indígenas y locales a que contribuyan en este proceso de trabajo
|
|