Derecho de los Pueblos Indígenas

por la Dra. Teodora Zamudio Derecho~UBA  ~ Equipo de Docencia e Investigación

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Convenio Diversidad Biológica

 

 y el Conocimiento Tradicional.

El  conocimiento tradicional es la amalgama de la experiencia ganada a través de los siglos y el ambiente local. Se transmite “vivo” de generación en generación, de modo oral.

Este conocimiento tiene valor no solamente para los que dependen de él en sus vidas diarias, sino también para la industria y la agricultura modernas. El conocimiento tradicional puede hacer una contribución significativa al desarrollo inteligente del hombre.

Los pueblos indígenas habitan en las áreas donde se encuentran la mayor riqueza genética del planeta, mucha de la cual ha sido cultivada y transformada por su habilidad y técnicas: POr ello disponen de una información valiosa para la sociedad global y un modelo útil para las políticas de sostén y aprovechamiento de la biodiversidad.

El Convenio de la Diversidad Biológica ha destacado la dependencia de esos recursos y conocimientos de la comunidad internacional. Hay –en su texto- un amplio reconocimiento a la contribución que el conocimiento tradicional puede hacer a la conservación y al uso sostenible de la diversidad biológica. Por ello, el artículo 8(j) del Convenio impone a las legislaciones nacionales, el respecto, preservación y retribución de esos aportes que las comunidades indígenas y locales que incorporan las formas de vida tradicionales  y promueve su aplicación más amplia

La Conferencia de las Partes ha establecido  un grupo específico para tratar la puesta en práctica del artículo 8(j) y de las provisiones relacionadas de la convención. Este grupo está abierto a todos los Estados y los representantes indígenas y locales de las comunidades para que desempeñen un papel activo.

Las comunidades indígenas y locales dan importancia considerable a la convención, la que en su opinión constituye un instrumento decisivo para avanzar en el reconocimiento, la preservación y la promoción de su conocimiento tradicional. Como resultado del trabajo de la convención, los gobiernos han comenzado ya a facilitar la participación de comunidades indígenas y locales en las políticas para la conservación y el uso sostenible de recursos, del acceso a los recursos genéticos y de la distribución de los beneficios, así como la gerencia de áreas protegidas.

Muchos gobiernos están en el proceso de poner el artículo en ejecución 8(j) de la convención en sus planes, estrategias y programas nacionales de acción sobre la biodiversidad. Algunos han adoptado leyes específicos, políticas y reglamentos administrativos para proteger el conocimiento tradicional, acentuando que debe ser obtenido el consentimiento informado anterior de los involucrados.

Un respecto cada vez mayor por el conocimiento tradicional ha conducido a la ciencia moderna a adaptar sus procedimientos para evaluar el impacto de los proyectos de desarrollo sobre la diversidad biológica;  vigilar los ecosistemas, los recursos genéticos y promover la conservación in situ.

Los gobiernos también están intentando implicar a las comunidades indígenas y locales más activamente  en la conservación y el uso sostenible de bosques, biodiversidad agrícola, aguas interiores, ecosistemas costeros y marinos y eco-turismo, aplicando su conocimiento y tecnologías,

La Secretaría del Convenio es responsable de mantener las reuniones celebradas bajo la convención, incluyendo las reuniones de la Conferencia de las Partes, el Cuerpo Subsidiario del Consejo Científico, Técnico y Tecnológico (SBSTTA), y el Grupo de Funcionamiento en la Puesta en práctica del artículo 8(j) y las provisiones relacionadas.

Es también responsable de la preparación de documentos y de los proyectos de decisión para estas reuniones basadas en la información proporcionada por las Partes en la forma de informes nacionales, estudios de caso, informes de expertos, etcétera.

La secretaría también coopera con otras agencias de la O.N.U, tales como FAO, UNESCO, OMC, PNUD, UNCTAD.  Esta colaboración asegura que tengan la mayor difusión. Por lo que se invita a las comunidades indígenas y locales a que contribuyan  en este proceso de trabajo

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Colección: Derecho, Economía y Sociedad

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Última modificación: 11 de Mayo de 2008