Conocimiento tradicional

 

(y Propiedad Intelectual/ Industrial)

 

 

Biodiversidad

Notas

Legislación

¿Qué es el Conocimiento tradicional?

 

Conocimiento tradicional es el saber culturalmente compartido y común a todos los miembros que pertenecen a una misma sociedad, grupo o pueblo, y que permite la aplicación de los recursos del entorno natural de modo directo, compuesto, combinado, derivado o refinado, para la satisfacción de necesidades humanas, animales, vegetales y / o ambientales, tanto de orden material como espiritual. Teodora Zamudio (ProDiversitas a.c.)

¿Qué es la Propiedad Intelectual?:  

La creación intelectual da lugar a un bien inmaterial, por eso las leyes de todo el mundo le reconocen, a su titular, un derecho absoluto de utilización de esa creación. 

En la práctica se habla de derecho de explotación exclusiva o, en el caso de los inventos, de patentes y, más generalmente -dada la construcción jurídica dominante- de

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propiedad industrial (o intelectual, para marcas, inventos y modelos) y 

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propiedad literaria (para obras de ingenio)

Encaminándose a impedir la reproducción, la imitación y el aprovechamiento económico de una creación intelectual individualizada en su resultado inventivo.

bulletTipos de propiedad intelectual:
bullet Patentes de invención
bullet Derechos sobre las Obtenciones Vegetales (D.O.V.'s)
bullet Marcas y Denominaciones de origen
bullet Modelos y Diseños industriales
bullet Derechos de Autor
bullet Secretos comerciales

¿Cómo se relacionan los sistemas de Propiedad Intelectual con la Biodiversidad y el Conocimiento tradicional?

bulletLa biodiversidad (o recurso biológico) es un bien que la naturaleza brinda a los hombres para que éstos disfruten y puedan satisfacer sus necesidades [ver Biodiversidad].
bulletEn esos recursos se encuentran los principios activos con lo cuales se preparar productos y procesos nuevos = inventos, que luego se patentan.
bulletMientras que las legislaciones han resuelto los derechos de los titulares de las patentes y demás derechos intelectuales, aún falta por establecer el sistema de derechos en torno de la biodiversidad y su conocimiento, sin los cuales no podrían obtenerse esos productos.
bulletEl Convenio de la Diversidad Biológica (Río '92)  fue el primer documento internacional en tratar este tema [ver CBD, artículos 8°, j); 15)
bulletEntre otras cosas, el convenio:
bulletlegitima a los países -en los cuales se origina esa biodiversidad- a administrar esos recursos y a disponer comercialmente de ellos
bulletordena a esos países garantizar la participación (y el control) de las comunidades (pueblos) que conocen esos recursos y los utilizan y conservan desde siempre, en la aprobación de las prácticas comerciales de sus conocimientos y recursos
bulletdispone la distribución equitativa de los beneficios que los nuevos productos brinden entre esas comunidades
bulletEsto origina algunos problemas, porque:
bulletPaís de origen de los recursos (las fronteras políticas casi nunca coinciden con las de la Naturaleza y sus ecosistemas)
bulletComunidad (sujeto que recibe los beneficios y dispone del conocimiento) no tiene una definición legal rigurosa.
bulletConocimiento Tradicional separado del Recurso Biológico (si es que puede pensarse tal separación)

¿Sólo el Conocimiento Tradicional relativo a los Recursos Biológicos está comprendido en los Sistemas de la Propiedad Intelectual?

No, el Conocimiento Tradicional que ha producido otros bienes también puede ser protegido y explotado por las Comunidades o Pueblos Indígenas a través de los Sistemas de Propiedad Intelectual.

Cada Pueblo puede proteger sus valores excluyéndolos del comercio cuando su significado es sagrado o representa su sistema de creencias.  Los restantes conocimientos y prácticas pueden ser explotadas, si así lo desean, del modo que tradicionalmente lo permiten sus usos y costumbres.

De acuerdo con cada tipo de bien  existe un sistema apropiado entre los señalados y descriptos más arriba (patentes, diseños, marcas, obtenciones vegetales, canciones, mitos, música, etc.) a través del cual pueden registrarse (y comercializarse). 

Sin embargo, los Estados y las Organizaciones Internacionales deben colaborar para que se implementen, pues la complejidad de los sistemas actuales de propiedad intelectual pueden necesitar ajustes para su aplicación en el caso de los recursos intangibles de los Pueblos Indígenas.

Algunos trabajos sobre este tema pueden consultarse a través de los siguientes vínculos:

O.M.P.I.

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Propiedad intelectual y recursos genéticos, conocimientos tradicionales y folclore  
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Misiones Exploratorias

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Comité Intergubernamental

C.B.D. 

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Artículo 8(j): Conocimiento, Innovaciones y Prácticas Tradicionales

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Decisión VI/10:  Artículo 8 j) y disposiciones conexas

O.M.C.

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Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio IP/C/W/356 24 de junio de 2002  (02-3480)

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Disposiciones del Acuerdo sobre los ADPIC pertinentes a la agricultura (Parte I) . R. Silva Repetto y  M. Cavalcanti

LEGISLACIÓN

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Régimen común sobre la propiedad industrial. Comisión de la Comunidad Andina: Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela. Lima, Perú, 14 de septiembre de 2000. Decisión 456.

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Brasil: Situación jurídica de las comunidades indígenas. Ley 6001de 19 de dezembro de 1973

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Filipinas: The Indigenous Peoples Rights Act of 1997

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Panamá: Régimen Especial de Propiedad Intelectual sobre los Derechos Colectivos de los Pueblos Indígenas. Ley 20 de 26 de junio de 2000.

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Perú: Propuestas de Régimen de Protección de los Conocimientos Colectivos de los Pueblos Indígenas. Presentación ante el Congreso de la República (Perú). Lima 12 de junio de 2002.

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India: The Model Biodiversity Related Community Intellectual Rights Act

 

NOTAS

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Autonomía indígena y usos y costumbres: la innovación de la tradición. Laura Carlsen

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Notas sobre biodiversidad, biotecnologia, propiedad intelectual y pueblos indígenas. Sebastian Lara

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Propuesta de Régimen de Protección de los Conocimientos Colectivos de los Pueblos Indígenas y Acceso a los Recursos Genéticos. Perú, julio de 2002

CASOS

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Grupos Internacionales Cooperativos de Diversidad biológica El Programa ICGB

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ICGB-América latina 1993-2003

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Convenio INTA~U. de Arizona

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Jardín botánico de la Patagonia trasandina

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ICGB-Maya

Ver también Diversidad cultural

 

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Última actualización de esta página: 07 de Enero de 2006